Masacre reducida a imprudencia

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La fiscal Mirna Siles (derecha) es resguardada por personal de seguridad del Complejo Judicial de Managua, mientras evadía preguntas de los periodistas. LA PRENSA/ J. TORRES

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Fiscalía plasma lo que Ortega y Murillo calificaron como “tragedia”

Por Elizabeth Romero, LA PRENSA, 23 de julio de 2015

La acusación de la Fiscalía no solo redujo la cantidad de policías implicados de 14 a nueve, en la masacre del 11 de julio, en Las Jagüitas, sino que los delitos por los cuales acusa quedaron a nivel de accidentes de tránsito. Los agentes son imputados por homicidio imprudente, lesiones imprudentes, exposición de personas al peligro y daño.

La fiscal Mirna Siles (derecha) es resguardada por personal de seguridad del Complejo Judicial de Managua, mientras evadía preguntas de los periodistas. LA PRENSA/ J. TORRES
La fiscal Mirna Siles (derecha) es resguardada por personal de seguridad del Complejo Judicial de Managua, mientras evadía preguntas de los periodistas. LA PRENSA/ J. TORRES

La acción que dejó como resultado las muertes de tres personas y dos heridas, una de ellas de gravedad en la familia Reyes Ramírez, ameritó por parte de la Fiscalía una calificación de imprudente, que el exprocurador, Alberto Novoa, la consideró como algo que la Fiscalía se sacó “por la manga corta (de la camisa)”.

Charlys“Es una calificación (que) además de defectuosa, tiene una carga con una intención dolosa de desviar el verdadero delito que es un homicidio doloso”, sostuvo Novoa, quien recordó que un homicidio imprudente casi siempre se asocia a un accidente de tránsito.

La Fiscalía plasmó en su acusación de ayer, prácticamente lo que la primera dama, Rosario Murillo, y el presidente inconstitucional, Daniel Ortega, llamaron “tragedia” y “hechos dolorosos”, mientras que la jefa de facto de la Policía Nacional, primera comisionada Aminta Granera, calificó como un “error” de los policías.

Con este tipo de calificación, señaló Novoa, “incluso puede haber arreglo, puede haber acuerdo, puede haber mediación, cosa que es un delito que ofendió a toda la sociedad, no solo a la familia (Reyes Ramírez)”.

HUBO VOLUNTAD DIRECTA DE CAUSAR LA MUERTE

“En primer lugar ahí hay una voluntad directa de causar la muerte”, dijo Novoa, quien refirió que lo que hay “es dolo directo, porque  querían ultimar a alguien, en este caso a un narcotraficante”.

El exprocurador reiteró que en este caso el dolo era evidente, pues los agentes tenían conocimiento de que en el interior del vehículo, que se desplazaba en medio de un ataque policial por el largo trecho desde el sitio Camino del Río hasta Las Cuatro Esquinas, Las Jagüitas, “habían personas y querían matarlas”. Y esto, dijo Novoa, lo confirma la cantidad de disparos que efectuaron los policías involucrados en el operativo.

Según los testigos, hubo unos 46 disparos, y Novoa señala que “no fueron disparos preventivos, ni nada de eso, sino con un fin determinado, dada las armas (que utilizaban) AK”.

CENIDH: CABE HOMICIDIO DOLOSO

La presidenta del Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh), Vilma Núñez, coincidió con Novoa, de que en este tipo de hechos lo que cabe es una tipificación por homicidio doloso “como mínimo, porque resulta que hubo uso excesivo de la fuerza y la violencia de las normas internas que rigen su propio procedimiento para actuar en estos casos, son elementos integrantes de un delito de responsabilidad penal”.

Núñez estimó que la tipificación que la Fiscalía le dio a los hechos, cometidos el 11 de julio por un grupo de policías, es “inaceptable”.

“Ahí están prácticamente distorsionando el derecho, burlando el derecho de la gente a acceder a la justicia”, sostuvo Núñez, quien insistió: “Para mí es verdaderamente indignante cómo se está negando la justicia en este país. Y el principal responsable aquí se llama poder judicial, la Fiscalía es parte del poder judicial. Ya sabemos que todo eso responde a un poder centralizado que se llama Daniel Ortega”.

LISTA ES MENOR

En la acusación presentada por las fiscales Mirna Siles y Stephanie Pérez, únicamente aparecen el capitán Zacarías Ignacio Salgado, los tenientes Óscar José Vargas Rugama y José Alejandro Fonseca Salmerón, el suboficial mayor Javier Alejandro Saldaña Torres y los suboficiales Augusto César Medrano, Harrison Osmar Ramírez, Osman Ricardo García Hueck, Ernesto Alexander Urbina López y Miguel Ángel Ramos Cortés.

El viernes la fiscal Ana Julia Guido informó que 14 eran los policías investigados, pero las funcionarias no explicaron ayer los motivos por los cuales se redujo la acusación a nueve agentes.

La presidenta del Cenidh, recordó que el tipo de delito que le imputan a los policías incluidos en la lista de la Fiscalía, amerita penas menores, por lo que indicó: “Vamos a ver si van a sumar las tres muertes, (y el caso de) la otra niña que no sabemos como va a quedar”, así como la situación de los sobrevivientes Yelka Ramírez y Milton Reyes, además de los daños provocados, pues les destruyeron el carro en que se movilizaban.

La defensora de derechos humanos explicó lo que significa el delito imprudente. “Imprudencia es que yo hubiera disparado al aire y caigan los tiros, aquí no (…) hay un actuar consciente de parte de ellos (los policías) que hace que sea un delito doloso”.

Las tres víctimas de la masacre  fueron sepultadas el lunes 13 de julio, en el cementerio Jardines del Recuerdo.  LA PRENSA/ M. ESQUIVEL

NOVOA VE CONTRADICCIÓN

Novoa también consideró contradictorio que pese a reconocer que hay exposición de personas al peligro, la Fiscalía determine que hubo homicidio o lesiones imprudentes.

La exposición de personas al peligro, se da cuando deliberadamente uno expone al peligro a otra persona, “lo que es contradictorio porque no puede haber exposición de personas al peligro cuando hay una decisión directa para matar”, dijo Novoa.

“Hay exposición cuando, por ejemplo, dejo abandonado a un niño; aquí no, aquí las intenciones eran de matar y mataron, independientemente quien hayan sido, no pueden alegar absolutamente nada”, insistió Novoa.

Por su parte, Núñez preguntó que después de más de varios días de ocurrida la masacre, dónde están los agentes a quienes la Policía les dio de baja.

A causa de los disparos murieron Katherine Ramírez, de 22 años; los niños Efraín Ramírez, de 11; Aura María Reyes Ramírez, de 12 años. Con heridas graves resultaron Miriam Natasha Guzmán Ramírez y Axel Reyes, de 5 y 13 años, respectivamente. Hasta ahora solo Axel salió del hospital, mientras que Miriam sigue internada en el hospital La Mascota.

DETENIDOS CON LIBRE MOVIMIENTO EN EL CHIPOTE

Según fuentes extraoficiales, los policías supuestamente detenidos desde el mismo 11 de julio, nunca han estado en las celdas de El Chipote, como los demás presos y como han hecho creer a la población, sino que se mantienen en el área administrativa.

Según otros agentes, los policías homicidas han sido vistos, cuando salen al patio y los mandan al servicio sanitario, pero nadie los cuida, visten con pantalón azul oscuro y camiseta negra.

Por otra parte, el vocero de la Corte Suprema de Justicia, Roberto Larios, confirmó que mediante un proceso aleatorio, la acusación presentada ayer en la tarde por la Fiscalía, le correspondió a la doctora Alia Dominga Ampié, juez Cuarto Local Penal. Larios dijo que la primera audiencia contra los nueve policías será realizada hoy y está programada para las 9:00 a.m.

LO QUE DICE EL CÓDIGO PENAL

Según el Código Penal, los delitos por los que son acusados los policías, ameritan penas mínimas.

Homicidio imprudente es aplicado “a quien cause un homicidio por imprudencia temeraria, entendiéndose como tal la violación de las normas elementales de cuidado”. Y se castigará con la pena de uno a cuatro años de prisión. (Artículo 141).

Lesiones imprudentes es cuando alguien “por imprudencia temeraria cause alguna de las lesiones”. Y la pena va de seis meses a un año de prisión, si se trata de lesiones leves; de nueve meses a dos años, de lesiones graves; y de uno a tres años, de lesiones gravísimas. (Artículo 154).

Exposición de personas al peligro está en varios artículos del Capítulo IV del Código Penal, y en el artículo 159, señala que “quien exponga al peligro la vida o la integridad de alguna persona, será penado con prisión de seis meses a dos años”.

Daño. Quien destruya, inutilice, haga desaparecer o de cualquier modo dañe un bien mueble o inmueble. Será sancionado con prisión de seis meses a dos años. O de noventa a trescientos días multa o trabajo en beneficio de la comunidad. (Artículo 243).

DIVERSAS CIFRAS

09 fueron los policías acusados ayer por la Fiscalía en los tribunales, por la masacre en Las Jagüitas.

14 fue la cantidad de policías que según dijo el viernes la fiscal Ana Julia Guido, fueron investigados.

20 fue el número de agentes que inicialmente proporcionó la jefa de facto de la Policía Nacional, primera comisionada Aminta Granera, a la sobreviviente Yelka Ramírez, que participaron en la masacre, donde murieron dos niños y una joven.

30 oficiales supuestamente habría sido el dato real de policías que participaron, según una fuente extraoficial. Entre ellos de las Fuerzas Especiales, Inteligencia y Auxilio Judicial, al mando de un comisionado mayor.

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