Cenidh denuncia aberración contra presos políticos

La inhabilitación para ejercer empleo o cargo público impuesta a más de 14 presos políticos, así como a sacerdotes, diácono, seminaristas y laico de Matagalpa, es calificada por el Cenidh como una “barbarie jurídica” con la que el régimen “está delinquiendo impunemente”

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El Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (Cenidh) denunció este martes 7 de febrero que el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo está “delinquiendo impunemente” contra más de 14 presos políticos, al inhabilitarlos de por vida para ejercer empleo o cargo público.

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Así quedó evidenciado, consideró el Cenidh, con la sentencia notificada el lunes 6 de febrero contra 3 sacerdotes, 1 diácono, 2 seminaristas y 1 reportero gráfico de la Diócesis de Matagalpa, sentenciados a 10 años de prisión más 800 días multa por los falsos cargos de conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y propagación de noticias falsas.

Igual consideración tuvo Pablo Cuevas, abogado de la Defensoría Nicaragüense de Derechos Humanos, al señalar que la inhabilitación a los religiosos de Matagalpa es un abuso, y la condena, que también es ilegal, debe ser con base en lo que dice la norma.

“Creo que la situación de la inhabilitación es un abuso más, porque todas las acciones o las actuaciones de un judicial deben ser con base a lo que dicen la norma, la razón, la lógica”, señaló Cuevas.

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En un comunicado, el Cenidh se refirió a la sentencia condenatoria que dictó la jueza Nadia Tardencilla en contra de los sacerdotes Ramiro Tijerino, Sadiel Eugarrios y José Luis Diaz, el diácono Raúl Vegas, los seminaristas Darvin Leiva y Melkin Centeno y el camarógrafo Sergio Cárdenas.

“Con esta última sentencia quedó expuesto que el régimen está delinquiendo impunemente y el llamado Poder Judicial, al estar contraviniendo lo que dicen las leyes y actuando contra ley expresa, incurren en la comisión de delitos tipificados en el Código Penal de la República de Nicaragua, por los que deberán ser juzgados”, dice el comunicado del Cenidh.

Por su parte, Cuevas recordó que este abuso es parte de la cadena de acciones abusivas cometidas por el régimen, consecuencia de las instrucciones emitidas por “los abusadores mayores que son Daniel Ortega (y) Rosario Murillo. También considero que esta acción abusiva es para apretar más la mano, y tener más presión”.

Mientras tanto, en el comunicado, el Cenidh explica que los artículos 46, 47 y 66, entre otros del Código Penal vigente, establecen cuáles son las penas, la naturaleza de las mismas, cómo estas se aplican y las cataloga en penas principales y accesorias.

En el caso de los 7 miembros de la Diócesis de Matagalpa, el Cenidh explica que la juez impuso las penas de prisión que supuestamente merecen los delitos atribuidos a los sacerdotes: cinco años de prisión por conspiración para cometer menoscabo a la integridad nacional y cinco años de prisión y 800 días multa por la supuesta propagación de noticias falsas.

“Pero, la aberración más grande, el último atropello a la inteligencia de las y los nicaragüenses y de la comunidad internacional es la inhabilitación absoluta de por vida para ejercer cualquier cargo público o de elección popular y el ejercicio de los derechos políticos. Según el artículo mencionado estas son penas accesorias que no pueden durar más tiempo que el establecido en la pena principal, por tanto, estas inhabilitaciones tendrían que durar los 10 años que la juez Tardencilla, famosa por sus aberraciones y su docilidad delictiva les ha aplicado”, dice el comunicado.

El Cenidh califica el hecho como “una afrenta al derecho, una afrenta a la inteligencia, una afrenta a la comunidad internacional y a los organismos internacionales de protección de derechos humanos, que permanentemente están insistiendo en condenar las violaciones a las garantías del debido proceso, a las que están sujetas las personas presas políticas en Nicaragua”.

En el comunicado, el Cenidh indica que dicha aberración judicial cometida contra los siete miembros de la Diócesis de Matagalpa se ha comenzado a aplicar por varios jueces, a petición de los fiscales, en casos anteriores, incluso adicionando sentencias firmes de las siguientes formas: “Adiciónese la sentencia número XX…”, “Téngase al condenado… como traidor a la patria en consecuencia se inhabilita de forma perpetua para…”; violando expresamente los artos. 55 y 56 del Código Penal que invocan, ya que dichos artículos señalan el tiempo de duración de estas “penas privativas de otros derechos”, por lo que jamás se pueden aplicar de forma indefinida”.

El Cenidh agrega que tienen una lista de más de 14 personas presas políticas a quienes se les ha hecho la misma aplicación, con la agravante de que los jueces a solicitud de los fiscales, sin ningún trámite, sin tener ninguna facultad de cambiar una letra de una sentencia que está firme, alteran su contenido. “No solo lo están haciendo con aquellas sentencias que todavía no han sido enviadas a la instancia superior por los recursos de apelación interpuestos, incluso se están modificando delictivamente otras que están o han sido falladas por la Corte Suprema de Justicia (CSJ)”.

 

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