
Considerando que “es imposible determinar la individualización o atribuibilidad” de los presuntos delitos cometidos en un acto en el que participaba una multitud, el titular del Juzgado Primero de Distrito Penal de Juicios en Matagalpa, Frank Rodríguez Alvarado, sobreseyó a siete acusados por la violencia política registrada el año pasado en el municipio de San Dionisio.
La sentencia de sobreseimiento definitivo, dictada el 5 de enero, durante el período de vacaciones del Poder Judicial, fue notificada a los procesados este martes 9 de enero, cuando estaba previsto que comenzara el juicio en su contra por varios delitos comunes, aunque algunas de las defensas siempre alegaron que todo ocurrió como parte de la recién pasada campaña electoral municipal.
El juez consideró que no está “plenamente clara la participación de cada uno de los acusados en los hechos” que, según la acusación, ocurrieron en una protesta de “más de 300 personas”.
Después del cierre de campaña municipal del Partido Liberal Constitucionalista (PLC), la tarde del 31 de octubre, dirigentes y simpatizantes de ese partido marcharon hacia el Consejo Electoral Municipal (CEM) en San Dionisio, para demandar las acreditaciones de miembros de Juntas Receptoras de Votos y protestar por diferentes anomalías en el proceso electoral. Sin embargo, la manifestación terminó en violencia.
Ramón Eduardo Espinoza Castro, Winston Samir Rayo Méndez, Andrés Orozco Jirón, Juan Pastor Orellana Flores, Richard Alberto Espinoza, Modesto Chavarría Sevilla y Elmer Daniel Pérez Ocampo, además del adolescente B.A.O.S., fueron detenidos el 1 de noviembre y llevados a las celdas de la Policía en El Chipote, Managua.
Hay más acusados
Además de ellos, la Fiscalía acusó a otras siete personas, todavía sin detener y procesar, por los presuntos delitos de lesiones en distintos niveles de gravedad en perjuicio de policías y funcionarios del CEM; daño agravado en contra de la Policía y del CEM; obstrucción de funciones, amenazas y portación ilegal de armas.
“Si bien el Ministerio Público señala a determinadas personas, de ser las autoras de esos hechos, entiende este juzgador que esa es una acción del ente acusador, que más que buscar la justicia pretende dar respuesta social que sirva como ejemplo, a un acontecimiento bochornoso que se dio…”, señala en parte la sentencia de Rodríguez.
A criterio del juez, “como está planteada la acusación, al haber sido detenidas estas personas, se está violentando el derecho a la libertad personal ya que, personas que se desconoce tengan alguna responsabilidad en los hechos, estén guardando prisión por un hecho que quizás jamás cometieron, como también, el riesgo inminente de resultar condenadas injustamente, al pretender imputar a cualquiera de las personas que participaron en la concentración en los hechos acusados, situación que conculca (transgrede) principios, también el de dignidad humana”.
Sigue audiencia a adolescente
La sentencia es apelable y solo concierne a los siete procesados. En tanto, B.A.O.S., de 17 años, todavía debe enfrentar una audiencia de admisión o rechazo de la acusación que le fue programada para el 18 de enero próximo en el Juzgado especial para adolescentes en Matagalpa.
“Cada juez tiene su criterio, pero ojalá que los otros jueces, ya habiendo una sentencia que sobresee definitivamente a los siete procesados, de la misma forma sean sobreseídos los demás, esto lo vamos a ver en la audiencia que tenemos con el adolescente y con los otros (siete acusados sin detener) vamos a ver de qué forma se inicia proceso para ellos y que de igual forma sean sobreseídos”, indicó Rosa Amelia Montenegro, defensora de algunos de los que estuvieron presos.
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